Buscan declarar la emergencia del Patrimonio Cultural e Histórico y una reivindicación para los profesionales de la abogacía
Avanzan en la declaración de emergencia del Patrimonio Cultural e Histórico
En una primera instancia, las comisiones de Turismo y Cultura y Hacienda, Presupuesto y Cuentas; avanzaron en la declaración de emergencia del Patrimonio Cultural e Histórico y, tras diversas opiniones de los bloques legislativos, el proyecto obtuvo dictamen para ser tratado en la Cámara de Diputados.
La iniciativa busca determinar cuáles son los edificios, obras de arte, piezas históricas, monumentos y cualquier otro patrimonio cultural, histórico y artístico de la provincia que se encuentre en riesgo y requiera con urgencia acciones de puesta en valor y preservación.
En la misma línea, el proyecto promueve gestionar ante las áreas específicas las acciones y recursos necesarios para atender las situaciones de emergencia. Y a su vez, adoptar las medidas necesarias para evitar daños mayores en edificios, obras de arte, objetos históricos y de patrimonio cultural, artístico, arquitectónico e histórico.
Financiamiento de proyectos culturales y artísticos
Al mismo tiempo, en un trabajo conjunto de las comisiones Cultura y Turismo y Legislación General, se trabajó el expediente 26.776 que tiene como objetivo fomentar e incentivar la financiación de proyectos culturales y artísticos de la Provincia, a través de patrocinio, o donación de dinero, de bienes muebles o inmuebles, para el estímulo, sustento, ejecución y promoción de actividades culturales realizadas por personas físicas o jurídicas.
En ese sentido, el diputado Mauro Godein que preside la comisión Cultura y Turismo, manifestó: “es un proyecto de la diputada Lena que busca estimular la Ley de Mecenazgo y fomentar el patrocinio en actividades culturales. Esto daría un salto de calidad a las diferentes expresiones artísticas de la provincia”.
Honorarios profesionales de la abogacía
También, durante la jornada, la comisión Legislación General trabajó la modificación del artículo 29 de la Ley 7.046 de aranceles de honorarios profesionales de la abogacía.
La reforma plantea que toda regulación de honorarios deberá expresarse en “juristas” como unidad de valor, lo que se mantendrá hasta el momento que quede firme la regulación siendo la oportunidad en la cual quedará expresada en la moneda de curso legal vigente la del pago efectivo y conforme al valor de la unidad arancelaria “juristas” de ese momento.