El Municipio de Basavilbaso, adhiriéndose a las disposiciones provinciales decretó asueto e inhábil administrativo
Ante la situación de emergencia epidemiológica informada por el Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos, generadas a partir de las infecciones del virus COVID-19, el dictado de los diferentes decretos Nacionales, Provinciales y Municipal, y las medidas anunciadas por el Gobierno Nacional, es que el Departamento Ejecutivo Municipal, dispuso Asueto e Inhábil Administrativo a través del Decreto 217/20 D.E.M.B., desde la firma del presente al 31 de marzo del corriente año, inclusive.
Dentro de las principales medidas que se encuentran en los artículos se destaca que:
Se declara Asueto e Inhábil Administrativo a los fines del Procedimiento Administrativo en el ámbito de la Administración Pública Municipal en razón de la Emergencia Sanitaria declarada bajo Decreto N°209/2020- D.E.M.B., debiéndose por medio de las distintas Secretarías garantizar la prestación de los servicios esenciales, pudiendo disponer en sus ámbitos las modalidades bajo las cuales se prestaran los servicios, así como los lineamientos para la atención, agentes responsables que deberán cubrir las tareas asignadas, y las medidas a seguir en caso de presentarse situaciones extraordinarias y/o de urgencia que lo ameriten.-
En tanto, los Agentes Municipales, no afectado al cumplimiento efectivo de tareas por la prestación de servicios esenciales, deberá permanecer disponible en caso de ser requerido por el superior a cargo, respetando la obligatoriedad de mantenerse en su domicilio particular conforme la excepcionalidad del presente receso, en el marco de la buena fe contractual siendo susceptibles de sanción en caso de incumplimiento, conforme la normativa vigente.-
A su vez se destaca que, se continuará con la atención habitual a través de Caja Municipal N° 1, en el horario de 08:00 a 12:00 horas para la percepción de los distintos pagos a efectuar por los contribuyentes y que las medidas tomadas en el presente se implementarán garantizando que no se vean afectadas las remuneraciones mensuales que perciben los Agentes Municipales.
Por su parte, adoptarán las medidas de higiene y prevención establecidas por las autoridades sanitarias, a fin de ser aplicadas en las dependencias municipales, siendo su carácter obligatorio. Se establecerá como norma reducir el número de contribuyentes que se asistan desde las dependencias del municipio a una persona por vez por oficina, sin excepciones, siendo tal medida de carácter obligatorio.-
En lo que respecta al inicio o continuidad de los Talleres, Cursos y todo tipo de Actividad educativa, cultural, deportiva proveniente del estado municipal y/o que se desarrollen en las dependencias del Municipio, quedarán totalmente suspendidas. A su vez, se adhiere a los términos del presente Decreto al Honorable Concejo Deliberante.-
Cabe destacar que las disposiciones del presente Decreto se encuentran sujetas a modificación conforme nuevas medidas que puedan ser adoptadas tanto por el Gobierno Nacional como Provincial a fin de contener la propagación del coronavirus COVID-19.
Prensa Municipio de Basavilbaso